Morelia, Mich., Jueves, 19 de Septiembre de 2024

Sección:Sociedad

A partir del 1 de julio, IVA a hot dogs, sandwiches, sopas...

Por: Agencias

Ciudad de México .- A partir del primero de julio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), cobrará el 16 por ciento de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos denominados "chatarra", independientemente si se consumen en el lugar de compra o no.

De acuerdo a la "Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1-A, 3, 7, 15, 23 y 26", publicada en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el 16 de junio, aplica a tiendas de conveniencia, minisúper y autoservicios.

En la resolución, entran los considerados alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los que resulten de la combinación de aquellos productos que, por sí solos y por su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional…"

Los productos que entran a este impuesto son: pizzas, hot dogs, quesadillas, tacos, flautas, sándwiches, gorditas, sushi. También hot cakes, alitas, molletes, tortas o lonches, chapatas, guisos y discadas (mezcla de carnes), banderillas, hamburguesas, croissants o cuernitos; bakes, empanadas o volovanes; focaccias, bocadillos, tamales; sopas instantáneas, nachos, pepitos, baguettes y paninis.

Las modificaciones a esta ley fiscal, estarán vigentes a partir del primero de julio y serán los principales afectados los consumidores de tiendas de convivencia, como Seven Eleven, Oxxo, Súper K, entre otras.

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